Desde la constitución política de 1992 en su artículo primero, se declaró que: Colombia es un estado social de derecho. Esto quiere decir, que la nación debe garantizar a toda la población políticas y normas que promuevan la equidad, que eviten la desigualdad social, que permita el desarrollo del país.
En el ámbito laboral, el Estado debe brindar a toda su población trabajadora, DERECHOS que posibiliten la buena ejecución de sus labores.
EL TRABAJO DIGNIFICA AL HOMBRE, porque le proporciona elementos necesarios para su subsistencia. Y además de esto también se estaría contribuyendo al crecimiento y sostenimiento económico de la nación.
¿QUÉ ES UN PRINCIPIO?
Es un conjunto de normas que indican que algo se haga de la mejor manera posible, siempre teniendo en cuenta hasta donde su puede llegar según la ley.
Estos se caracterizan porque pueden ser cumplidos en diferentes grado y por ello se menciona el límite según la ley.
En el derecho laboral se manejan varios principios, que son de vital importancia para cualquier persona, ya que permite tener conocimientos de los derechos que adquirimos al ser trabajadores.
1) PRIMACÍA DE LA REALIDAD :
Como su nombre lo dice prima la realidad, es decir, ante una situación laboral específica que genere efectos legales o jurídicos y que requiera algún tipo de solución, siempre se tendrá en cuenta los hechos o lo que sucedió realmente y no le que se haya estipulado mediante un pacto de palabra o algún papel o contrato.
2) FAVORABILIDAD:
Dos o más normas de distinto origen pero que regulan la misma materia. Ante un conflicto laboral siempre se debe escoger la que más favorezca al trabajador.
3) ESTABILIDAD:
Todo trabajador tiene derecho a que se le sea respetado su tiempo de permanencia en la empresa, según lo estipulado en el contrato laboral, de no ser así la empresa deberá pagar una indemnización por incumplimiento de contrato. De igual manera la legislación laboral colombiana tiene estipulado en sus normas casos especiales de población trabajadora a la que también los cubre el principio, pero con ciertos beneficios.
*FUERO DE MATERNIDAD: Ninguna mujer en estado de embarazo o periodo de lactancia, podrá ser despedida. De lo contrario la empresa deberá pagar una indemnización
*FUERO SINDICAL:
Ningún miembro de algún sindicato será despedido, ni trasladado, ni desmejorado de su puesto de trabajo sin justa causa.
*FUERO CIRCUNSTANCIAL:
Ningún trabajador que presente a sus jefes alguna petición, queja o idea podrá ser despedido sin justa causa comprobada.
Ningún trabajador que presente a sus jefes alguna petición, queja o idea podrá ser despedido sin justa causa comprobada.
*FUERO DE DISCAPACIDAD:
En ningún caso la limitación de una persona podrá ser motivo para el establecimiento de un vínculo laboral, a menos que la limitación sea incompatible al cargo.
4)IRRENUNCIABILIDAD:
Ningún empleado podrá renunciar a lo que tiene derecho laboralmente. Del mismo modo un empleador esta en el deber de cumplir con todo lo que la norma establece para el beneficio de sus trabajadores.
5) IN DUBIO PRO OPERARIO:
Una norma con dos o más interpretaciones, para su aplicación en un caso específico, siempre se escogerá la que más beneficie al trabajador.
6) MÍNIMO VITAL:
Todo trabajador debe de recibir un salario acorde a su labor, que le permita tener una buena calidad de vida.
Cualquier persona tiene el derecho a escoger el trabajo o profesión que desee, a pesar de que esto se vea atrofiado por los diferentes problemas sociales que en materia laboral se refiere.
Toda persona trabajadora debe saber que aparte de contribuir con su fuerza laboral, también está aportando al desarrollo social, y así lograr el equilibrio que el país necesita.
Función del estado en garantizar a la población la creación de medidas, normas y leyes que permitan la protección y el desarrollo del trabajo.
Todos los trabajadores deberán ser tratados bajo las misma normas y/o garantías, sin importar su género, cargo o su posición jerárquica.

















Muy buen trabajo.
ResponderEliminarVanessa Ramírez R.
michel muy completo tu blog e interesante, que buen aporte
ResponderEliminarExcelente blog Michi, me gustan mucho tu diseño y contenido.
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ResponderEliminarHERMOSO Y COMPLETO EL BLOG
ResponderEliminarmichi que buen trabajo felicitaciones
ResponderEliminarmichi excelente trabajo, muy completo con ideas muy claras
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ResponderEliminarexcelente trabajo muy buena información de los principios del derecho laboral colombiano.
ResponderEliminarmuy bien tu blog, muy completo.
ResponderEliminarBuen trabajo ya que cada imagen y cada aporte que le diste a cada principio general del derecho laboral colombiano se entienden muy bien.
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ResponderEliminarLiliana Lòpez R.
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ResponderEliminarmiche excelentes argumentos y buenas imagenes
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